A- de 2000
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Humberto Longas Londoño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No pronunciamiento anterior sobre norma y cargos diferentes
- Alcance
- Cargos diferentes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se confirmó el Numeral Segundo del Auto de la referencia mediante el cual se rechazó parcialmente la demanda interpuesta por el accionante, excepto en lo que se refiere a los Arts. 3º parte principal, literales a), e), f), g), h), parágrafos 1, 2 y 3; 4º y 7º de la Ley 35 de 1993 y de los Arts. 256; 278; 327 salvo el literal o) y 337 numerales 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 9 del Decreto 663 de 1993, lo anterior, porque no han sido estudiadas en otras oportunidades y por tanto, respecto de estas disposiciones se admitió la demanda, para llevar a cabo el trámite correspondiente al control de constitucionalidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el Numeral
- Segundo. del Auto de diciembre 16 de 1999, suscrito por el Magistrado Sustanciador Fabio Moron Diaz, mediante el cual se rechaza parcialmente la demanda interpuesta por el ciudadano Humberto Longas Londono, excepto en lo que se refiere a los articulos 3o parte principal, literales a), e), f), g), h), paragrafos 1, 2 y 3; 4o y 7o de la Ley 35 de 1993 y de los articulos 256; 278; 327 salvo el literal o) y 337 numerales 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 9 del Decreto 663 de 1993. Respecto de estas disposiciones ADMITIR la demanda, para llevar a cabo el tramite correspondiente al control de constitucionalidad.
- Segundo. Ejecutoriado el presente Auto, vuelva este negocio al Despacho del Magistrado Sustanciador, para lo de su cargo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.